Auto Supremo AS/0051/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2021-RRC

Fecha: 04-Mar-2021

d) Manifiesta que en cuanto al delito de Difamación el A quo habría señalado que en la conducta de la acusada existe un animus defendendi y no un animus injuriandi, pues en las expresiones vertidas en la denuncia de 13 de enero del 2017 dirigida al Presidente del Consejo de la Magistratura no existiría difamaciones o gravosas al honor, no configurándose el elemento de lesividad capaz de afectar la reputación de una persona, además que no se habría cumplido el elemento de reiteración ni de publicidad; asimismo, el Juez de mérito había considerado que los memoriales de 28 de abril y 15 de mayo presentados por la acusada al Consejo de la Magistratura en contra de la hoy apelante, tampoco resultarían difamatorios y que los juzgadores están sometidos a escrutinio mayor que otras personas, estando expuestos a ese tipo de expresiones y por lo tanto estarían obligados a ser más tolerantes. Respecto al delito de Injuria, el Juez de mérito había señalado que existe duda sobre si las expresiones serían suficientes para ofender a la apelante en su dignidad y decoro, ya que al ser denunciada como funcionaria judicial estas están constreñidas a soportar denuncias, pues las expresiones vertidas quedan cubiertas por la causa de impunidad al emplearse en el ejercicio del derecho a la fiscalización y pretensión de sanción por faltas disciplinarias.