Auto Supremo AS/0157/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2021

Fecha: 01-Mar-2021

07 de abril de 2017

Evidentemente existió una retardación injustificada por parte de las autoridades de instancia en la tramitación del recurso de apelación, pues interpuesto el recurso contra la Sentencia N° 359/2016 el 07 de abril de 2017, la Sala Civil Quinta emitió el Auto de Vista N° 90/2020 el 17 de febrero de 2020, transcurriendo un periodo de tres años aproximadamente; sin embargo, debe tenerse presente el art. 217 del vigente Código Procesal Civil, que establece: “Es válida la sentencia pronunciada fuera del plazo previsto por este Código, pero, dará lugar a sanción disciplinaria a la autoridad judicial, conforme a Ley.”; por ende, pese a la injustificada retardación en la emisión del Auto de Vista, no es una causal que amerite su nulidad, pues en todo caso, este hecho es sancionable a la autoridad judicial.