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    Auto Supremo AS/0181/2021
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0181/2021

    Fecha: 03-Mar-2021

    7.

    7. Mencionaron que el Tribunal de segunda instancia al disponer que tiene que sea en otro proceso donde se defina la venta judicial forzosa, va contra la búsqueda de una justicia pronta, oportuna, efectiva, proba, sin dilaciones y el principio de economía procesal establecidos por los arts. 115 y 180 de la Constitución Política del Estado, 3 y 30 de la Ley Nº 025 y 1 de la Ley Nº 439.

    • VISTOS:
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    • 7.
    • III.1. De la división de la cosa común.
    • III.2
    • III.3. De la valoración de la prueba.
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • cuando la cosa común no admita cómoda división
    • Categoría “B”
    • realizar la venta de los inmuebles para que el precio que arroje la subasta sea distribuido entre todos los hermanos, de forma igualitaria
    • “…el juez o Tribunal tiene la facultad y
    • De la respuesta de Norma Poquechoque Caballero.
    • POR TANTO:

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