VISTOS
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 107 a 108, interpuesto por Edwin Lazarte Condori, en representación del Servicio Departamental de Caminos SEDCAM-Oruro, contra la Sentencia Nº 04/2021 de 14 de enero de 2021 de fs. 97 a 105, emitido por la Sala Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso Contencioso de Pago de Prestaciones de Servicios Nº 175/2013 para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCION PUENTE VEHICULAR TIWIÑUMA y Nº 076/2013 para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCION PUENTE VEHICULAR JARUMA”, promovido por la Empresa Constructora “ZARZUELA” SRL”, contra el SEDCAM-Oruro; solicitud de explicación y complementación por parte del demandante de fs. 121 a 122; la contestación a la demanda de fs. 127 a 128; el Auto Nº 82/2021 de 19 de febrero de 2021 que concedió el recurso de fs. 129; el Auto de 04 de marzo de 2021 por el que se admitió el recurso de fs. 136; los antecedentes del proceso y todo cuanto fue pertinente analizar;
- Fragmento 1
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo N° 312
- Sucre, 21 de mayo de 2021
- Expediente :
- Proceso :
- Demandante :
- Demandado :
- Departamento :
- Magistrado Relator :
- VISTOS
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- PROBADA
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Casación en el fondo
- I. Aplicación indebida de la Ley, arts. 777, 353 y 354 del Código de Procedimiento Civil.
- II. Errónea Valoración de la Prueba
- III. Agravio en la aplicación indebida del artículo 519 del Código Civil.
- Petitorio
- CONTESTACION DEL RECURSO:
- Admisión:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Normativa aplicable al caso
- 1 y 2.- Respecto de la errónea aplicación de los arts. 777. 353 y 354 del CPC-1975 y la falta de Valoración de la Prueba a producirse en periodo de prueba:
- “Art. 777.- (Trámite y resolución) El trámite y resolución de la causa se sujetará a lo previsto para el proceso ordinario de hecho o de puro derecho, según la naturaleza del asunto.”
- 3. Respecto a la
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
