1.-
1.- Con relación a la acusada infracción del art. 115.II de la CPE, inherente al derecho del debido proceso en sus vertientes fundamentación y motivación, porque el tribunal de apelación no estableció las razones por las que no aplica la norma especial establecida en el art. 6º del Estatuto del Funcionario Público y art. 60 del D.S. 26115, y cúal la norma que debe aplicarse para este tipo de personal que suscribió contratos de trabajo a plazo fijo.
Al respecto el tribunal de alzada, fundamentó “… de acuerdo a la doctrina laboral los requisitos esenciales que determinan la existencia de la relación de trabajo constituyen la subordinación y dependencia, el trabajo por cuenta ajena y el salario en cualquiera de sus formas. El D.S. Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y el Art. 2º del D.S. 28699 de primero de mayo de 2006, hacen referencia a estos tres requisitos, asimismo se resalta que es evidente que existió una relación laboral (contrato a plazo fijo) en distintas gestiones así como se expone en las literales de fs. 96, 97, 98, 99, 100, fs. 116, 117, 120 y demás antecedentes por lo que es innegable que existió un vínculo jurídico laboral entre la parte actora y el Gobierno Autónomo Municipal La Paz, esto independientemente de la denominación que estos contratos fueron suscritos. Consecuentemente respecto a los antecedentes ya descritos y que la inobservancia expuesta sobre la normativa de las Normas Básicas de contratación de G.A.M.L.P., concordante con el Estatuto de Funcionario Público al tenor de la Ley S.A.F.C.O., sin acompañar certidumbre, pruebas y menos los requisitos para establecer la denominación de “Funcionario Público” ya que la misma conlleva requisitos establecidos en la ley que se deben cumplir al amparo del artículo 48.II de la Constitución Política del Estado…”.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 465/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ.329/2021
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- I.1 Antecedentes del proceso.
- I.2 Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- 1.3.2.
- 1.3.3.
- II.2. Petitorio.
- II.3. Contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO II:
- II.1 Fundamentos Jurídicos del fallo.
- 1.-
- Fragmento 20
- 2.
- 3.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
