II.3. Contestación al recurso de casación
Mediante memorial de fs. 302 y vta., la parte demandante contestó al recurso, argumentando que dicho medio impugnatorio se limita a expresar consideraciones subjetivas y cuestiones de hecho, cuando no se podrá realizar una nueva valoración jurídica del juicio, debiendo ceñirse exclusivamente al examen y valoración de las supuestas violaciones o infracciones; que la parte adversa sin fundamentación seria, en ningún momento cumplió con el requisito formal de acusar, precisar y fundamentar en que consiste la imaginaria infracción.
Añade, que el recurso no cumple con las reglas formales y confunde el recurso de casación con uno de apelación, solicitando se declare improcedente o infundado.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 465/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ.329/2021
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- I.1 Antecedentes del proceso.
- I.2 Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- 1.3.2.
- 1.3.3.
- II.2. Petitorio.
- II.3. Contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO II:
- II.1 Fundamentos Jurídicos del fallo.
- 1.-
- Fragmento 20
- 2.
- 3.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
