Sentencia SE/0553/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0553/2017

Fecha: 12-Jul-2017

1.2Petición


c)La Resolución impugnada viola el art. 3 de la Ley Nº 154; refiere que la AGIT erróneamente señaló que lo que prescribe son las acciones o facultades de la Administración Tributaria por determinar la deuda tributaria, sancionar o ejercer su facultad, no así el tributo y/o la sanción correspondiente, pretendiendo distorsionar un escenario claramente determinada por Ley con la aplicación de la prescripción extintiva que es diferente y que goza de una naturaleza y esencia diversa de la de los impuestos comunes, como son aquellos referidos al régimen municipal y de gobiernos autónomos. De una correcta interpretación de la Ley, es decir de una comparación entre los dos regímenes contrapuestos, el sistema general de impuestos por una parte y, de otra los impuestos municipales y de gobierno autónomos, tendríamos que concluir la prescripción extintiva se aplica solamente para los impuestos de carácter municipal y de gobiernos autónomos, mas no así para los otros impuestos reconocidos por el sistema nacional impositivo. Concluyó haciendo énfasis que conforme al art. 324 de la Constitución Política del Estado que las obligaciones tributarias son imprescriptibles, por lo que haber determinado la prescripción de la obligación tributaria, no obstante de que el art. 3 de la Ley 154, expresamente determina la imprescriptibilidad, por lo que se habría violado la citada norma.

1.2Petición