SE/0020/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

SE/0020/2025

Fecha: 21-Abr-2025

IV. TERCERO INTERESADO

En su condición de tercero interesado, Ubences Daza Morales contestó la demanda, aseverando que: “…la Sentencia Constitucional Plurinacional 0243/2017-S1 Sucre, 28 de marzo de 2017, se deja nulas la reversión de Autorización Transitoria Especial del área denominada SAN CRISTÓBAL y SAN LUÍS JACINTO reconociendo los derechos adquiridos para proceder a su adecuación…” (sic) y solicitó se declare improbada la demanda; manteniéndose firme y subsistentes las resoluciones emitidas por la AJAM.