POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 2.2 y 4 de la Ley 620 y 778 al 781 del Código de Procedimiento Civil y en virtud a la jurisdicción que por ellas se ejerce, declara IMPROBADA la demanda contenciosa administrativa de fs. 148 a 156, interpuesta por Servicios Mineros del Sud SERMISUD S.A., a través de su representante legal; en su mérito se mantiene firme y subsistente la Resolución de Recurso Jerárquico AJAM/DJU/RRJ/2/2019 de 10 de enero, emitida por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad demandante, previa las formalidades de rigor.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- 1. En el acápite denominado
- 2. En el acápite denominado
- 3. En el acápite denominado
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- 3. SERMISUD no ha demostrado que la AJAM le hubiese ocasionado un perjuicio cierto e irreparable para disponer la nulidad solicitada.
- IV. TERCERO INTERESADO
- V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
- VI. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- II. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- VIII. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
