Sentencia Rol 2732 - 14
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 2732 - 14

Fecha: 01-Oct-2020

0000399 TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Mediante recurso de protección, la requirente pretende que el CNED se pronuncie sobre el recurso de apelación y conceda a la Universidad Autónoma de Chile una acreditación por un número igual o superior a 5 años

0000399 TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Mediante recurso de protección, la requirente pretende que el CNED se pronuncie sobre el recurso de apelación y conceda a la Universidad Autónoma de Chile una acreditación por un número igual o superior a 5 años. 3º Alega que la aplicación del precepto impugnado vulnera el artículo 19 numerales 2º, 3º, incisos primero y quinto (sexto), 24º, 26º y 11º de la Carta Fundamental. En cuanto a la igualdad ante la ley, sostiene que el precepto legal impugnado importa un trato diferente, sin justificación razonable, entre instituciones educacionales, en un mismo proceso de acreditación institucional. En efecto, le ha sido vedada la posibilidad de recurrir por vía de apelación ante el CNED de una resolución de la CNA que acreditó a la universidad por 4 años, en circunstancias que sí se permite esa apelación a cualquier institución de educación superior a la que se le ha denegado su acreditación institucional, lo cual es particularmente grave desde el punto de vista de la gratuidad. Respecto a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, señala que la aplicación del precepto impugnado resulta en una protección limitada de sus derechos, desde que, al ser acreditada por un menor número de años a los que estima en justicia proceden, únicamente puede pedir a la misma CNA que reconsidere de su decisión por la vía de la reposición. En lo tocante al debido proceso, alega que se ha visto privada de un recurso efectivo, ni administrativo ni judicial, desde que no puede apelar de la decisión de la CNA en relación a los números de años de acreditación y los tribunales superiores de justicia declaran inadmisible los recursos de protección en la materia. En cuanto al derecho de propiedad, explica que el número de años de acreditación está vinculado a la tasa de ajuste anual de arancel regulado para las carreras de las instituciones adscritas a la gratuidad, de modo que un menor número de años significa menor reajuste. En el caso concreto, un 76,5% de los estudiantes de la universidad reciben el beneficio de la gratuidad, razón por la cual, el impacto económico de la decisión de acreditación por 4 años asciende a dos mil millones de pesos para el año 2020, lo cual debe acumularse con cifras similares para los siguientes cuatro años. Además, un menor número de años de acreditación afecta su posición en el ranking de las universidades chilenas. Adicionalmente, se le priva de la posibilidad de acceder al CRUCH, pues para ello se requiere, al menos, de 5 años de acreditación institucional (artículo 6 de la Ley Nº 21.091). A eso se suma el impacto en su imagen pública y la consecuente publicidad. Por último, los años de acreditación impactan en los recursos disponibles del fondo de Fomento de Investigación de las universidades privadas. En lo que respecta a la infracción al artículo 19 Nº 26 de la Carta Fundamental, la requirente alega que las garantías antes invocadas resultan afectadas en su esencia. 21