Sentencia Rol 8930 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8930 - 2020

Fecha: 01-Dic-2020

0000594 QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO “Ley N° 19

0000594 QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO “Ley N° 19.866, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (…) Artículo 4°. - Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.” (…) “Código del Trabajo (…) Artículo 495.- La sentencia deberá contener, en su parte resolutiva: 1. La declaración de existencia o no de la lesión de derechos fundamentales denunciada; 2. En caso afirmativo, deberá ordenar, de persistir el comportamiento antijurídico a la fecha de dictación del fallo, su cese inmediato, bajo el apercibimiento señalado en el inciso primero del artículo 492; 3. La indicación concreta de las medidas a que se encuentra obligado el infractor dirigidas a obtener la reparación de las consecuencias derivadas de la vulneración de derechos fundamentales, bajo el apercibimiento señalado en el inciso primero del artículo 492, incluidas las indemnizaciones que procedan, y 4. La aplicación de las multas a que hubiere lugar, de conformidad a las normas de este Código. En cualquier caso, el juez deberá velar para que la situación se retrotraiga al estado inmediatamente anterior a producirse la vulneración denunciada y se abstendrá de autorizar cualquier tipo de acuerdo que mantenga indemne la conducta lesiva de derechos fundamentales. Copia de esta sentencia deberá remitirse a la Dirección del Trabajo para su registro. (…) Síntesis de la gestión pendiente y del conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La actora refiere que el Primer Juzgado de Letras de Linares, en octubre de 2019, acogió denuncia en su contra en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales. Explica así que en aquella gestión se ha ordenado remitir copia de la sentencia a la Dirección del Trabajo, una vez ejecutoriada la sentencia. 2