Sentencia Rol 107 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 107 - 2020

Fecha: 02-Jul-2020

0000209 DOSCIENTOS NUEVE IV

0000209 DOSCIENTOS NUEVE IV.- CONCLUSIÓN 22°. En mérito de las consideraciones anteriores, y habiéndose argumentado que la aplicación del precepto impugnado no resulta conciliable con precisas exigencias constitucionales, estos Ministros consideran que el requerimiento debió haber sido acogido y, por consiguiente, debió declararse inaplicable, por inconstitucional, el artículo 506 del Código del Trabajo. VOTO POR RECHAZAR Los Ministros señores GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, y NELSON POZO SILVA, la Ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y el Ministro señor RODRIGO PICA FLORES, estuvieron por rechazar el requerimiento, por las siguientes razones: 1°. La gestión pendiente es un procedimiento de reclamación de multa en procedimiento monitorio, sustanciado ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en actual tramitación ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad, por recurso de nulidad. Por resolución de multa 4154/19/26, de 20.12.19, la Inspección del Trabajo de Talca aplicó una multa de 60 UTM a la requirente por pagar con retraso las remuneraciones de varios de sus trabajadores, en el mes de octubre de 2019. La requirente reclamó de la multa ante los tribunales laborales y solicitó que fuera dejada sin efecto, por una parte, porque el artículo 506 del Código del Trabajo es ilegal e inconstitucional y, por otra, porque el atraso en el pago de las remuneraciones fue solo de 5 días y se debió a la situación vivida en el país tras el estallido social del mes de octubre de 2019, y, en subsidio, pidió que se rebajara la multa, en base al principio de proporcionalidad, atendido los pocos días de retraso en el pago de las remuneraciones. El tribunal laboral desechó la reclamación y sostuvo que la infracción imputada a la requirente era especialmente grave, puesto que el pago de las remuneraciones constituye una de las principales, sino la principal obligación bilateral del contrato de trabajo que tiene el empleador. Contra la sentencia definitiva, la requirente dedujo recurso de nulidad, fundado en que la sentencia definitiva omitió las consideraciones jurídicas en que se apoya, ya que el juez de la instancia no leyó en forma íntegra la sentencia en la audiencia de notificación de la misma y, en subsidio, en que la sentencia se dictó con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, al desestimar que el estallido social significara una situación que justifica el atraso en el pago de las remuneraciones. 16