Sentencia T-303/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-303/25

Fecha: 11-Jul-2025

3. Trámite de la acción de tutela

28.        Admisión de la tutela. El 26 de agosto de 2024, el Juzgado 000 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Toru admitió la acción de tutela. Además, ordenó notificar a la accionada para que ejerciera su derecho de defensa y contradicción[44].

29.        Respuesta del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, - Regional Vere[45]. La defensora de familia, Patricia, adscrita al Centro Zonal Toru 2, contestó la acción de tutela y solicitó al despacho declarar su improcedencia[46]. Negó la vulneración de los derechos fundamentales del actor y señaló que siempre se le ha brindado apoyo y motivación. Sin embargo, el accionante no cumplió con compromisos establecidos y mostró dificultades para adaptarse a normas y pautas de convivencia. Además, señaló que Daniel siempre expresó su preferencia por la libertad y las actividades fuera del entorno del ICBF.

30.        La defensora de familia explicó que, mediante la Resolución n.° 120 de 2019[47] se ordenó la terminación de la medida de protección, y que contra esta decisión el actor presentó una acción de tutela[48] en la que expuso hechos similares a los de la presente acción. Indicó que, el 17 de enero de 2020[49], el Juzgado 000 Administrativo de Oralidad de Toru amparó los derechos del accionante.

31.        Señaló que el actor se negó a recibir atención psiquiátrica tras alegar que “no estaba loco”[50], y que se negó a “(…) realizar las acciones pertinentes de la atención especializada por psiquiatría”[51]. Sostuvo que contrario a lo manifestado por el demandante, él era quien obstaculizaba la definición de su situación militar, así como que, conforme a las pruebas aportadas por el mismo accionante, la defensoría siempre acompañó el proceso del actor, quien registra como “reservista de segunda clase”[52].

32.        La defensora negó que hubiese “echado como un perro”[53] al accionante. Al respecto, precisó que el ICBF no cuenta con una modalidad de atención especial, puesto que las modalidades están previstas hasta los 18 años y, excepcionalmente, hasta los 25, cuando los niños, niñas y adolescentes adelantan un proyecto de vida. Sobre el caso concreto señaló que, desde enero de 2024, el actor fue notificado de que se iniciaría un trabajo de egreso por seis meses, en caso de que no cumpliera con su proyecto de vida.

33.        Reiteró que el actor, de manera irregular y sin tener autorización de la defensora de familia, abandonó las modalidades de protección de hogar sustituto[54] y de internado[55], ausentándose por períodos de 15 a 20 días[56].

34.        Señaló que el accionante tuvo la oportunidad de explorar los campos de su preferencia en la granja de la Fundación “el niño” de Toru. No obstante, su estancia fue corta debido a que manifestó que estos oficios eran “muy pesados para él y que allí lo explotaban laboralmente”[57]. Además, se negó a trabajar en granjas, así como a ser trasladado a la ciudad de Toru. En ese momento solicitó el pago de un curso de vigilancia, el cual fue costeado por el ICBF[58].

35.        En relación con la situación laboral del accionante, sostuvo que el equipo interdisciplinario de la defensoría ayudó al actor en la elaboración de su hoja de vida y que esta fue presentada a una empresa de seguridad, la cual rechazó su postulación dada su escasa experiencia.

36.        Respecto a la inconformidad del actor por la falta de apoyo del ICBF en la mejora de su condición de salud, la defensora indicó que los equipos interdisciplinarios de la entidad le han brindado acompañamiento en las citas médicas y exámenes especializados requeridos[59]. Además, el 17 de diciembre de 2022 se programó una cirugía de cadera, pero esta fue cancelada por el Hospital. Posteriormente, se reprogramaron exámenes y otros procedimientos. Sin embargo, el accionante manifestó su decisión de desistir del procedimiento por comentarios de terceros, quienes le indicaron “que no la aconsejaban, debido a que la recuperación era larga y dolorosa y no daba certeza de quedar bien al 100%”[60].

37.        Informó que contra el actor cursa denuncia penal por el delito de actos sexuales con menor de 14 años, en la que aparece como víctima una niña bajo protección del ICBF[61]