3. Actuación procesal
39. Mediante auto del 20 de noviembre de 2024[50], el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá - Sala Tercera de Decisión de Familia admitió la acción de tutela, corrió traslado a la Comisaría Primera de Familia de Usaquén II, al Juez Treinta y Dos de Bogotá y a todos los intervinientes en el marco de los expedientes 000-0000 y 001-0000 (incluyendo a las autoridades judiciales que resolvieron los amparos de ambos extremos procesales) para que remitieran las actuaciones adelantadas, vinculando a todos los intervinientes del proceso que remitiera la comisaría accionada[51].
40. Los vinculados fueron: (i) la Comisaría Primera de Familia de Usaquén II, (ii) Teresa, (iii) Clara, (iv) Julián, (v) Lina, (vi) el Juzgado Treinta y Dos de Familia de Bogotá, (v) el Juzgado Cuarenta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, (vii) el Juzgado Noveno Civil Municipal de Bogotá, (viii) el Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá, (ix) el Juzgado Veinticuatro de Familia de Bogotá, (x) la Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá, (xi) la Personería Distrital de Bogotá y (xii) el Consultorio Jurídico de la Universidad El Bosque.
41. La síntesis de las intervenciones que se realizaron en sede de instancia se encuentra disponibles en el ANEXO I.
- Encabezado
- Sentencia
- I. Antecedentes 6
- 1. La demanda de tutela
- 2. Hechos relevantes
- 3. Actuación procesal
- 4. Decisiones de instancia en el trámite de la acción de tutela
- 5. Trámite de selección y actuaciones en sede de revisión
- 1. Competencia
- 2. Delimitación del asunto de tutela
- 4. Planteamiento del problema jurídico, método y estructura de la decisión
- 5. Requisitos especiales de procedibilidad
- 9. Análisis del caso concreto
- RESUELVE
- Salvamento de Voto
