1. Hechos:
1.6 Afirma que una vez su médico tratante ordenó la práctica del examen médico señalado, solicitó su autorización a Coomeva Medicina Prepagada S.A. No obstante, mediante escrito remitido el 31 de agosto de 2007, esa Entidad le informó lo siguiente: “[N]o es posible autorizar la cobertura de Enteroscopia al usuario Santiago Hoyos Giraldo por medio de Coomeva Medicina Prepagada. El motivo por el cual nuestra respuesta no ha sido positiva obedece a: No cobertura contractual.”
- MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
- 1. Hechos:
- 2. Solicitud de tutela
- Respuesta de Coomeva Medicina Prepagada S.A.
- 4. Pruebas relevantes que obran en el expediente.
- 1. Sentencia de primera instancia
- 2. Impugnación presentada por Coomeva Medicina Prepagada S.A.
- 3. Escrito presentado por Santiago Hoyos Giraldo
- 4. Sentencia de segunda instancia
- 2. Problema Jurídico
- 3. Procedencia de la acción de tutela para resolver las controversias que se deriven de los contratos de medicina prepagada. Reiteración de jurisprudencia
- [10]
- 4. El derecho a la continuidad en la prestación de los servicios de salud y la exclusión de preexistencias médicas en los contratos de medicina prepagada. Reiteración de jurisprudencia
- Las empresas de medicina prepagada deben dar cumplimiento estricto a todas las cláusulas del contrato suscrito con el usuario para la prestación de los servicios de salud.
- Durante la ejecución del contrato de medicina prepagada la empresa no puede modificar unilateralmente las condiciones para el cumplimiento del mismo.
- Es por esto que antes de suscribir el contrato de medicina prepagada, las empresas deben realizar exámenes médicos lo suficientemente rigurosos
- Los contratos de medicina prepagada que contengan exclusiones genéricas que exceptúen de manera general ciertas enfermedades o la prestación de determinados servicios de salud, no son oponibles al usuario
- En caso de que mediante exámenes médicos se diagnostique que una enfermedad se produjo con anterioridad a la celebración del contrato, la empresa de medicina prepagada no puede desplazar a la EPS su responsabilidad en la atención médica de la misma,
- 5. Estudio del caso concreto
- Primero.- REVOCAR
- Segundo.- ORDENAR
- Tercero.- ORDENAR
