Sentencia C-122/18
Fecha: 14-Nov-2018
La Corte Constitucional considera que la expresión demandada es exequible. Dicho aparte normativo no desconoce el artículo 86 de la Constitución Política, por cuanto el término de 20 días previsto para proferir el fallo de segunda instancia (a) no es óbice para que las solicitudes de tutela se resuelvan en 10 días y (b) es, en todo caso, razonable ...