Auto Constitucional A 738/18
Fecha: 14-Nov-2018
Primero, se establecen unos plazos dentro de los cuales se deben adelantar los procedimientos penales, así: (i) para la formulación de la acusación o para la solicitud de preclusión, 90 días contabilizados desde el día siguiente a la formulación de la imputación, con excepción de la hipótesis prevista en el artículo 294 de la Ley 906 de 2004; o de ...