ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 83/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 8 DE MARZO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 83/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 8 DE MARZO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO.

Fecha: 17-Jun-2022

Depósito Judicial De La Finca Hipotecada

"Artículo 2.393. A partir de que se le entregue la cédula hipotecaria, a la parte deudora se constituye en depositarla (sic) judicial de la finca hipotecada, con todos los derechos y obligaciones relativos, establecidos en el libro séptimo, tercera parte. Título octavo, del Código Civil.

"Si la parte deudora no acepta la responsabilidad como depositarla (sic) judicial, entregará desde luego la posesión material de la finca para que la ejerza con dicho carácter la parte actora o la persona nombrada por ésta quienes, en su caso, deberán cumplir con las obligaciones legalmente establecidas para ello.

"Cuando la parte actora funja como depositarla (sic) judicial, puede servir como fianza el crédito que reclama. Si se trata de terceras personas, en todo caso otorgarán garantía.

"La parte actora tendrá derecho de nombrar depositario cuando así se estipule en el contrato contenido en la escritura de hipoteca, o cuando la parte deudora no acepte dicha responsabilidad.

"Quien ostente el cargo de depositario deberá rendir cuenta mensual de su administración, en la forma prevista para el embargo de inmuebles y sus rentas; sin que pueda ser eximido de esta obligación por convenio contenido en el contrato de hipoteca."