ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 38/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: SALVADOR ANDRÉS GONZÁLEZ BÁRCENA.
Fecha: 19-Ago-2022
En Ese Sentido Conforme Con El Artículo De La Ley Impugnada Se Advierte Que Tiene Por Objeto
"... reconocer, promover y asegurar de manera progresiva el ejercicio efectivo de los derechos de las personas que viven con la condición del espectro autista, en igualdad de condiciones con las demás, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales, en la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, en la Constitución Política de la Ciudad de México y en la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México. Sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes y demás ordenamientos aplicables."
35. De lo anterior, resulta claro que el ordenamiento impugnado a través de la presente acción de inconstitucionalidad incide en los derechos de las personas que tienen la condición del espectro autista, razón por la cual el Congreso de la Ciudad de México, tenía la obligación de realizar una consulta a las personas y organizaciones relacionadas con esa condición, en los términos que ha delineado este Tribunal Pleno.
36. Ahora bien, el Congreso de la Ciudad de México, en su informe, argumenta que la ley impugnada fue debidamente consultada a las personas con la condición del espectro autista, así como de organizaciones relacionadas con ellas y, para acreditar lo anterior, hace referencia a la realización de los siguientes actos:
• Iniciativas. El veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve, el diputado José Luis Rodríguez Díaz de León del Grupo Parlamentario de Morena, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para la Visibilización e Inclusión Social de las Personas con la Condición del Espectro Autista de la Ciudad de México, turnada por la Mesa Directiva a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y la de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales.
El dieciocho de febrero de dos mil veinte, el diputado Eleazar Rubio Aldarán presentó ante el Pleno del Congreso de la Ciudad de México la iniciativa con proyecto de decreto por la que se crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de Niños, Niñas y Adultos con Trastorno del Espectro Autista en la Ciudad de México, turnada por la Mesa Directiva a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y la de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales.
• Convocatoria. El veintiuno de julio de dos mil veinte, la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la Ciudad de México convocó al proceso de consulta y análisis en relación con la creación de la Ley para la Atención, Visibilización e Inclusión Social de las Personas con la Condición del Espectro Autista de la Ciudad de México, a celebrarse el veintisiete, veintinueve y treinta y uno de julio de dos mil veinte a las dieciséis horas, a través de la plataforma zoom:
1) Organizaciones sociales integradas por personas que viven con la condición del espectro autista, destacando las siguientes:
- Resultando
- Iii Norma General Cuya Invalidez Se Reclama Y El Medio Oficial En Que Se Publicó
- Del Proceso Legislativo Se Advierte Que
- Se Hicieron Llegar Diversas Observaciones A La Legislatura
- Considerando
- Es Infundada La Causal Invocada Por Dos Razones Sustanciales
- Sextocatálogo De Temas Que Serán Analizados En Esta Resolución
- Precisado Lo Anterior Se Procede A Dar Respuesta A Los Conceptos De Invalidez
- En Ese Sentido Conforme Con El Artículo De La Ley Impugnada Se Advierte Que Tiene Por Objeto
- Personas Que Viven Con La Condición Del Espectro Autista
- R Ochenta Por Ciento Considera Que No Se Defienden Sus Derechos
- T Al Veintitrés Por Ciento Se Le Ha Negado Servicios De Salud
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- De Quienes Se Advierte Su Invitación Vía Electrónica
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener