ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 28/2022 Y SU ACUMULADA 36/2022. PARTIDO UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA Y PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO. 4 DE JULIO DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIA: JIMENA SOFÍA VIVEROS ÁLVAREZ.
Fecha: 30-Sep-2022
B La Norma General Cuya Invalidez Se Reclama Y El Medio Oficial En Que Se Hubiere Publicado
Decreto 193, artículo quinto: por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza en materia de paridad de género; y artículo tercero: por el que se promulgó la Carta de Derechos Políticos de ese Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza el veintiuno de enero de dos mil veintidós.
En sus demandas, los institutos políticos consideran que la legislación impugnada transgrede los artículos 1o., párrafos primero, segundo, tercero y quinto, 4o., párrafo primero, 35, fracción II, 41, fracción I, 114, 115, 116 y 124 de la Constitución Federal; así como los artículos I y II de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; 2 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y artículos 4, 5 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
2. Conceptos de invalidez. Al formular las respectivas demandas, los promoventes hicieron valer los conceptos de invalidez siguientes:
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- B La Norma General Cuya Invalidez Se Reclama Y El Medio Oficial En Que Se Hubiere Publicado
- Unidad Democrática De Coahuila
- Sexto Concepto E Invalidezviolaciones Procesales En El Proceso Legislativo
- Partido Verde Ecologista De México
- Informes Del Poder Legislativo
- Alegatos Las Partes No Presentaron Alegatos En Este Asunto
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Impugnadas
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- A El Partido Político Cuente Con Registro Ante La Autoridad Electoral Correspondiente
- D Las Normas Impugnadas Sean De Naturaleza Electoral
- V Causas De Improcedencia
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Segundopublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- Así Lo Resolvió El Pleno De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Contenidas En El Artículo Tercero Del Citado Decreto
- Artículo Son Facultades Y Obligaciones Del Comité Ejecutivo Estatal
- A Representar Legal Y Políticamente A Unidad Democrática De Coahuila
- Artículo Del Secretario Técnico Y El Secretario Ejecutivo Del Comité Ejecutivo Nacional
- Dentro De Sus Facultades Podrá Otorgar Poderes Generales O Especiales Así Como Revocarlos