ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 185/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: MONSERRAT CID CABELLO Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 24-Feb-2023
En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández por razones adicionales, Laynez Potisek, Pérez Dayán por razones distintas y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI.2, denominado "Cobros por servicio de alumbrado público", consistente en declarar la invalidez de los artículos 73 de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas y 40 de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo del Monte, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. La señora Ministra Piña Hernández anunció voto concurrente. El señor Ministro Laynez Potisek anunció voto concurrente, al cual se adhirió el señor Ministro Aguilar Morales para conformar uno conjunto. Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI.3, denominado "Cobros por servicios por suministro de agua potable", consistente en declarar la invalidez de los artículos 45, párrafo primero y 46 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuapiaxtla, 69 de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas, 51 y 52 de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Quilehtla y 40, párrafo primero, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tenancingo, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández separándose de algunas consideraciones y por razones adicionales, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI.4, denominado "Cobros por acceso a la información pública", consistente en declarar la invalidez de los artículos 48, fracción X, inciso a), de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas, 47, fracciones I y III, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Huactzinco, 45, salvo su fracción II, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Quilehtla y 29, fracción I, inciso a), de la Ley de Ingresos del Municipio de Tzompantepec, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Se aprobó por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández separándose de algunas consideraciones y por razones adicionales, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI.4, denominado "Cobros por acceso a la información pública", consistente en declarar la invalidez del artículo 45, fracción II, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. El señor Ministro Laynez Potisek votó en contra.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI.5, denominado "Cobros por servicios de búsqueda y reproducción de información no relacionados con el derecho de acceso a la información", consistente en declarar la invalidez de los artículos 24, fracciones II y III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amaxac de Guerrero, 36, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuapiaxtla, 26, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Mazatecochco de José María Morelos, 48, fracciones I, II, IV y V, de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas, 46, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Huactzinco, 26, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo del Monte, 44, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Quilehtla, 23, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tenancingo y 29, fracciones I, inciso b), y II, inciso b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Tzompantepec, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en: 1) declarar la invalidez, por extensión, de los anexos 17, 18 y 19 de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas y I, II y II (sic) de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo del Monte, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causal De Improcedencia
- Vi Consideraciones Previas
- Cobros Por Acceso A La Información Pública Y
- Iii Sólo Se Pueden Crear Mediante La Ley
- Conforme A Este Parámetro Corresponde Analizar Ahora Los Artículos Impugnados
- C Evitar El Cobro De Tributos A Título Particular Y
- Al Efecto Se Estima Necesario Transcribir El Contenido De Los Artículos Impugnados
- Sentado El Parámetro Anterior Se Procede A Analizar El Contenido De Los Artículos Impugnados
- Vii Efectos
- V Fracción I Y Primer Párrafo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Tenancingo
- Ix Fracción I De La Ley De Ingresos Del Municipio De Mazatecochco De José María Morelos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo Las Controversias Constitucionales Son Improcedentes
- B Alumbrado Público
- C Los Ingresos Derivados De La Prestación De Servicios Públicos A Su Cargo
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Ley De Ingresos Del Municipio De San Pablo Del Monte Para El Ejercicio Fiscal
- Cuando Esta Ley Se Haga Referencia A
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Se Entenderá Por
- Como Ocurre En Los Municipios De Cuapiaxtla Natívitas Y Santa Cruz Quilehtla
- Para Efectos De Lo Dispuesto En El Presente Artículo Se Observará Lo Siguiente
- Iii El Pago De La Certificación De Los Documentos Cuando Proceda
- Artículo Los Artículos Deberán Contener
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Artículos Y
- Motivación
- Artículo Anexo Recurso De Revisión
- De La Ejecución
- Recurso De Revisión