ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 185/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: MONSERRAT CID CABELLO Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 24-Feb-2023
Sentado El Parámetro Anterior Se Procede A Analizar El Contenido De Los Artículos Impugnados
107. Las leyes impugnadas contienen tarifas: por búsqueda y copia simple de documentos emanados del Ayuntamiento, por las primeras diez fojas, 1.20 UMA ($115.464), por cada foja adicional, 0.20 UMA ($19.244), y, por la expedición de copia certificada de documentos emanados del Ayuntamiento, 1.12 UMA ($107.766) en el Municipio de Amaxac de Guerrero; por búsqueda y copia simple de documentos, 1.20 UMA ($115.464) en el Municipio de Cuapiaxtla; por búsqueda y copia simple de documentos, 0.50 UMA ($48.11) en el Municipio de Mazatecochco de José María Morelos; por búsqueda y expedición de copia simple de documentos resguardados en el archivo municipal, de una a cinco fojas, 2 UMA ($192.44) y, por cada foja adicional, 0.15 UMA ($14.433), por búsqueda de matrícula de cartilla de identidad militar, 1 UMA ($96.22), por la expedición de copias certificadas oficiales de documentos resguardados en el archivo municipal y por certificación de documentos expedidos por el Ayuntamiento, de una a cinco fojas, 3 UMA ($288.66) y, por foja adicional, 0.30 UMA ($28.866) en el Municipio de Natívitas; por búsqueda y copia simple de documentos, 1 UMA ($96.22) en los Municipios de San Juan Huactzinco y San Pablo del Monte; por búsqueda y copia simple de documentos, 1.41 UMA ($135.670) en los Municipios de Santa Cruz Quilehtla y Tzompantepec y el mismo costo para expedición de certificaciones oficiales únicamente en el Municipio de Tzompantepec; y por búsqueda y copia simple de documentos, por las primeras diez fojas, 0.012 UMA ($1.154) y, por cada hoja adicional, 0.20 UMA ($19.244) en el Municipio de Tenancingo.
109. En el supuesto relativo a las certificaciones, el servicio que proporciona el Estado no se limita a reproducir el documento original del que se pretende obtener una certificación o constancia, sino que implica la certificación respectiva del funcionario público autorizado y la búsqueda de datos; sin embargo, la relación entablada entre las partes no es de derecho privado, de modo que no puede existir un lucro o ganancia para el Estado, sino que debe guardar una relación razonable con el costo del servicio prestado.
110. Respecto a los cobros por búsqueda de documentos, este Pleno llega a la conclusión de que las cuotas previstas resultan abiertamente desproporcionales, pues, como se ha sostenido, las tarifas establecidas deben guardar una relación razonable con el costo del servicio y los materiales utilizados. En ese sentido, y por mayoría de razón, la búsqueda de documentos requiere de menores recursos que la certificación de documentos o la expedición de copias simples, pues es suficiente con que el funcionario encargado realice dicha búsqueda sin generar costos adicionales para el Estado.
112. Así, atendiendo a las consideraciones precisadas, lo procedente es declarar la invalidez de los artículos 24, fracciones II y III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amaxac de Guerrero; 36, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuapiaxtla; 26, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Mazatecochco de José María Morelos; 48, fracciones I, II, IV y V, de la Ley de Ingresos del Municipio de Natívitas; 46, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Huactzinco; 26, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo del Monte; 44, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Quilehtla; 23, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tenancingo; y 29, fracciones I y II, ambas en su inciso b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Tzompantepec, todos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causal De Improcedencia
- Vi Consideraciones Previas
- Cobros Por Acceso A La Información Pública Y
- Iii Sólo Se Pueden Crear Mediante La Ley
- Conforme A Este Parámetro Corresponde Analizar Ahora Los Artículos Impugnados
- C Evitar El Cobro De Tributos A Título Particular Y
- Al Efecto Se Estima Necesario Transcribir El Contenido De Los Artículos Impugnados
- Sentado El Parámetro Anterior Se Procede A Analizar El Contenido De Los Artículos Impugnados
- Vii Efectos
- V Fracción I Y Primer Párrafo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Tenancingo
- Ix Fracción I De La Ley De Ingresos Del Municipio De Mazatecochco De José María Morelos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo Las Controversias Constitucionales Son Improcedentes
- B Alumbrado Público
- C Los Ingresos Derivados De La Prestación De Servicios Públicos A Su Cargo
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Ley De Ingresos Del Municipio De San Pablo Del Monte Para El Ejercicio Fiscal
- Cuando Esta Ley Se Haga Referencia A
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Se Entenderá Por
- Como Ocurre En Los Municipios De Cuapiaxtla Natívitas Y Santa Cruz Quilehtla
- Para Efectos De Lo Dispuesto En El Presente Artículo Se Observará Lo Siguiente
- Iii El Pago De La Certificación De Los Documentos Cuando Proceda
- Artículo Los Artículos Deberán Contener
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Artículos Y
- Motivación
- Artículo Anexo Recurso De Revisión
- De La Ejecución
- Recurso De Revisión