ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 76/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE ENERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.
Fecha: 28-Abr-2023
Artículo El Centro Tendrá Las Siguientes Atribuciones
"I. Ofrecer el servicio público de conciliación laboral de manera gratuita en conflictos del orden local, previo a acudir a los tribunales laborales, de acuerdo con los artículos 123, apartado A, fracción XX, de la Constitución General y 590-E de la Ley Federal del Trabajo;
"II. Realizar en materia local la función conciliadora a la que se refiere el párrafo segundo de la fracción XX, del artículo 123 de la Constitución General;
"III. Establecer el servicio profesional de carrera de conformidad con los parámetros estipulados en la Ley Federal del Trabajo, esta Ley y su reglamento;
"IV. Substanciar el procedimiento de conciliación al que se deberá acudir las personas trabajadoras y patrones antes de presentar demanda ante los Tribunales, conforme lo establece el párrafo segundo de la fracción XX, del artículo 123, apartado A de la Constitución General, y el Capítulo I, Del Procedimiento de Conciliación Prejudicial, del Título Trece Bis de la Ley Federal del Trabajo;
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Artículo Para Ser Titular De La Dirección General Deberá Cumplir Con Lo Siguiente
- Concepto De Invalidez En Su Escrito Inicial La Cndh Expuso En Síntesis Lo Siguiente
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- La Acción Fue Promovida Por Parte Legitimada
- Iv Argumento Relativo A La No Atribución De Infracciones Al Poder Ejecutivo Estatal
- En Consecuencia No Se Actualiza Una Causa De Improcedencia En Virtud De Ese Argumento
- Iv Argumento Relativo A Que La Norma Impugnada No Viola Derechos Humanos
- En Consecuencia La Causal De Improcedencia Es Infundada
- V Estudio De Fondo
- A La Norma Genera Un Tratamiento Diferenciado
- B Nivel De Escrutinio Que Debe De Aplicarse
- C Finalidad Constitucionalmente Válida
- D Instrumentalidad De La Medida
- Expedir Las Constancias De No Conciliación
- Presentar En Tiempo Y Forma Su Proyecto De Presupuesto De Egresos
- Iii El Órgano Interno De Control
- Tener Título Y Cédula Profesional De Licenciatura En Derecho
- Dirigir Técnica Y Administrativamente Las Actividades Del Centro De Conciliación
- Presentar A La Junta De Gobierno Para Su Aprobación El Proyecto De Programa Institucional
- Vi Efectos
- Artículo Fracción V De La Ley Del Centro De Conciliación Laboral Del Estado De Guerrero
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- La Señora Ministra Ana Margarita Ríos Farjat No Asistió A La Sesión Previo Aviso A La Presidencia
- Acuerdo De Seis De Junio De Dos Mil Veintidós Ibídem
- Loc Cit
- Disponible En El Expediente Electrónico De La Acción De Inconstitucionalidad
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Todos Los Ciudadanos Deben Gozar De Los Siguientes Derechos Y Oportunidades
- C De Tener Acceso En Condiciones Generales De Igualdad A Las Funciones Públicas De Su País
- Derechos Políticos
- A Los Efectos De Este Convenio El Término Discriminación Comprende
- Ver Acción De Inconstitucionalidad Fallada El Veinte De Mayo De Dos Mil Veintiuno
- Artículo El Centro Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- V Expedir Las Constancias De No Conciliación
- Vii Formar Capacitar Y Evaluar A Las Conciliadoras Y Conciliadores Para Su Profesionalización
- X Cumplir Con Las Disposiciones De Transparencia Y Rendición De Cuentas De Las Leyes Aplicables
- I Ser Ciudadana O Ciudadano Mexicano Y Estar En Pleno Goce De Sus Derechos Civiles Y Políticos
- Viii No Haber Sido Representante Popular Por Lo Menos Tres Años Anteriores A La Designación Y
- Artículo La Persona Titular De La Dirección General Tendrá Las Atribuciones Siguientes
- V Sustituir Y Revocar Poderes Generales O Especiales
- Viii Dirigir Técnica Y Administrativamente Las Actividades Del Centro De Conciliación
- Xiii Presentar Anualmente A La Junta De Gobierno Un Informe General De Las Actividades Realizadas
- Esos Requisitos Están Establecidos En Los Artículos Y De Dicha Ley