ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 76/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE ENERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 76/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE ENERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.

Fecha: 28-Abr-2023

Xiii Presentar Anualmente A La Junta De Gobierno Un Informe General De Las Actividades Realizadas

"XIV. Definir las políticas de instrumentación de los sistemas de control que sean necesarios, incorporando información estadística para la mejora de la gestión;

"XV. Proponer a la Junta de Gobierno la creación de Comités de Apoyo, y en su caso, la participación y honorarios de profesionistas independientes en los mismos;

"XVI. Imponer medidas de apremio contenidas en la Ley Federal del Trabajo, para el caso de inasistencia del solicitado cuando este sea el patrón, dentro del procedimiento de conciliación;

"XVII. Proponer a la Junta de Gobierno los programas permanentes de actualización, capacitación, y certificación de conciliadoras y conciliadores;

"XVIII. Cumplir las demás que se requieran para el adecuado funcionamiento del Centro de Conciliación, sin contravenir la presente Ley y el Reglamento Interior, y

"XIX. Todas aquellas que se deriven de la Ley Federal del Trabajo, de esta Ley, del Reglamento Interior y otras disposiciones legales aplicables."

54. Resuelta por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de once votos, ponente: Ministro Javier Laynez Potisek, treinta de agosto de dos mil veintidós.

55. Se trata del artículo 19, fracción VII, en la porción normativa "y no haber sido sancionado con motivo de una investigación de carácter administrativo, por infracciones graves, que hayan tenido como conclusión cualquier tipo de resolución o acuerdo que implique expresamente la aceptación de la culpa o responsabilidad".

56. Resuelta por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno.

57. Resuelta por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, trece de septiembre de dos mil veintidós.