ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 83/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 15 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 83/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 15 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.

Fecha: 28-Abr-2023

En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero

Se aprobó por unanimidad de once votos de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea.

El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea «declaró» que el asunto se resolvió en los términos precisados.

Firman los señores Ministros presidente y el ponente, con el secretario general de Acuerdos que autoriza y da fe.

Nota: Las tesis aisladas y de jurisprudencia P. XXXV/2002, 1a. CXXXVIII/2005 y 1a./J. 55/2006 citadas en esta sentencia, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XVI, agosto de 2002, página 14; XXII, noviembre de 2005, página 40 y XXIV, septiembre de 2006, página 75, con números de registro digital: 186185, 176705 y 174247, respectivamente.

La tesis de jurisprudencia de rubro: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. ESTUDIO INNECESARIO DE CONCEPTOS DE INVALIDEZ." citada en esta sentencia, aparece publicada con la clave P./J. 37/2004 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, junio de 2004, página 863, con número de registro digital: 181398.

Las tesis de jurisprudencia P./J. 31/2013 (10a.), 1a./J. 45/2015 (10a.), P./J. 10/2016 (10a.) y 1a./J. 125/2017 (10a.) citadas en esta sentencia, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 13 de diciembre de 2013 a las 13:20 horas, 19 de junio de 2015 a las 9:30 horas, 23 de septiembre de 2016 a las 10:32 horas y 1 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 1, Tomo I, diciembre de 2013, página 124; 19, Tomo I, junio de 2015, página 533; 34, Tomo I, septiembre de 2016, página 8 y 49, Tomo I, diciembre de 2017, página 121, con números de registro digital: 2005105, 2009405, 2012589 y 2015679, respectivamente.

Las tesis de jurisprudencia 1a./J. 19/2014 (10a.) y 1a./J. 21/2014 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 14 de marzo de 2014 a las 9:53 horas y 21 de marzo de 2014 a las 11:03 horas, respectivamente.