AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1426/2005. BRIGGS EQUIPMENT, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1426/2005. BRIGGS EQUIPMENT, S.A. DE C.V.

Fecha: 01-Ene-1917

Los Argumentos Antes Resumidos Son Insuficientes Atento A Lo Siguiente

De las consideraciones reproducidas el Tribunal Colegiado del conocimiento resolvió que no existe violación al principio de equidad, entre los vehículos que se encuentran precisados en la fracción VI del artículo 44 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques), y los montacargas, con base en lo siguiente:

a) La distancia que cada uno recorre, ya que los descritos en la fracción tildada de inconstitucional realizan trayectos lejanos, mientras que los montacargas, si bien pueden transitar en vías públicas, realizan maniobras en distancias cercanas; y,

b) Los permisos correspondientes que expiden las autoridades de tránsito, ya que los primeros, esto es, los automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques, cuentan con ellos para circular por cualquier vía, mientras que los montacargas, si bien pueden transitar en vías públicas, lo cierto es que no cuentan con ellos.