Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1048/95. UNIÓN DE CRÉDITO AGROPECUARIO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL NORTE DE ZACATECAS, S.A. DE C.V.
Fecha: 18-Dic-1991
Resultando
PRIMERO. Por escrito presentado el veintidós de marzo de mil novecientos noventa y cinco, ante la Oficialía de Partes Común Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Jesús Ángel Arroyo Moreno, en su carácter de apoderado de Unión de Crédito Agropecuario de Pequeños Productores de Zacatecas, Sociedad Anónima de Capital Variable, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra la autoridad y por el acto que a continuación se indican:
- Resultando
- Autoridad Responsable Primera Sala Del Tribunal Superior De Justicia En El Df
- Se Narraron Como Antecedentes De Los Actos Reclamados Los Siguientes
- Tercero El Quejoso Hizo Valer Los Conceptos De Violación Que A Continuación Se Transcriben
- La Sentencia Impugnada Se Apoya Fundamentalmente En Las Siguientes Consideraciones
- Considerando
- Segundo Los Agravios Hechos Valer En Revisión Son Del Tenor Literal Siguiente
- Cuarto Son Parcialmente Fundados Los Agravios Aducidos Por La Parte Recurrente
- La Disposición Constitucional Que Se Considera Violada A La Letra Dice
- Nadie Puede Ser Aprisionado Por Deudas De Carácter Puramente Civil
- Artículo En Materia Jurisdiccional
- Primero Se Revoca La Sentencia Recurrida