AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1333/97. PLANEACIÓN, AMBIENTACIÓN Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.
Fecha: 31-Mar-1996
I Defender La Independencia El Territorio El Honor Los Derechos E Intereses De La Patria
"II. Prestar sus servicios en el Ejército o Guardia Nacional, conforme a las leyes orgánicas respectivas.
"III. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que resida, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes."
El proyecto de Constitución presentado por don Venustiano Carranza, al Congreso Constituyente de mil novecientos dieciséis-mil novecientos diecisiete, conservó en sus propios términos, la fracción III del artículo 31 de la Constitución anterior, al incluirla como la fracción IV del mismo artículo 31 y discurrir que es obligación del mexicano contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que resida, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. La comisión integrada por los diputados constituyentes Francisco J. Mújica, Alberto Román, Luis G. Monzón, Enrique Recio y Enrique Colunga, no introdujo ninguna modificación a las fracciones III y IV del artículo 31 del proyecto, aunque sí a las dos primeras, y el Congreso Constituyente aprobó en su sesión del diecinueve de enero de mil novecientos dieciséis, por 139 votos, esa cláusula constitucional que se ciñó, en todo, incluso en su expresión literaria, a lo dispuesto por el antiguo artículo 31 de la Constitución anterior.
Cabe precisar que la fracción IV del artículo 31 del Código Político sólo fue reformada por el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de octubre de mil novecientos noventa y tres, el que incluyó dentro de la enumeración de los niveles de gobierno cuyos gastos se debe contribuir al Distrito Federal, conservándose inclusive la redacción original del precepto, el que contiene las siguientes garantías:
1. Las contribuciones deben destinarse al gasto público de la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios.
- Considerando
- Segundo Los Agravios Esgrimidos Por El Representante De La Sociedad Quejosa Sostienen
- El Artículo Fracción Iv De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Establece
- Todos Los Habitantes De Un Estado Están Obligados A Pagar Impuestos
- I Defender La Independencia El Territorio El Honor Los Derechos E Intereses De La Patria
- Deben Estar Establecidas En Una Ley
- El Precepto Reproducido Establece Dos Supuestos Normativos A Saber
- El Artículo De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Establece
- En El Proyecto De Constitución De En Su Artículo Se Decía
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida