AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1124/2000. ABEL HERNÁNDEZ RIVERA Y OTROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1124/2000. ABEL HERNÁNDEZ RIVERA Y OTROS.

Fecha: 02-May-1998

Más Adelante El Propio Autor Al Hacer Algunas Calificaciones Morales Sobre El Tema Expresa

"La acción sindical para lograr que en un régimen de libertad sindical los trabajadores se afilien al sindicato o cambien de sindicato, plantea problemas morales. Su solución depende de los medios de presión empleados y de la naturaleza de los motivos por los que un obrero no quiere sindicarse. La violencia y la amenaza no pueden tolerarse de ninguna manera. Solamente la persuasión y el ofrecimiento de ventajas económicas constituyen procedimientos lícitos de propaganda y de reclutamiento. En principio, las cláusulas de seguridad sindical parecen justificarse en nombre de la libertad de los contratos y de la libertad de trabajo. La vida común que impone la fábrica no deja a los obreros indiferentes en la elección de los compañeros de trabajo. Pero esta actitud se hace ilegal desde el momento que se adopta para un fin ilícito, como cuando se ejerce contra la libertad de conciencia de los obreros no sindicados. Todo depende, pues, de los motivos que tenga el obrero para no sindicarse. En general, se puede decir que existe para el obrero el deber de solidaridad de sindicarse y no se puede aprobar su indiferencia o egoísmo; el sindicato, al ejercer una presión lícita, exige, en nombre de la comunidad profesional, la colaboración que cada uno debe a todos ..."