Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4435/2014. 26 DE NOVIEMBRE DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y LUIS MARÍA AGUILAR MORALES; VOTÓ CON SALVE
Fecha: 20-Feb-2015
Xi La Seguridad Social Se Garantizará Conforme A Las Siguientes Bases Mínimas
"a) Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte."
El precepto constitucional transcrito prevé la jubilación como una de las bases mínimas que deben observarse en materia de seguridad social para los trabajadores al servicio del Estado.
El derecho a la seguridad social está reconocido como derecho humano en diversos instrumentos internacionales; basta con señalar los siguientes:
- Considerando
- I Antecedentes
- Ii Sentencia De Amparo
- Consideraciones Del Tribunal Colegiado Son Las Siguientes
- Iii Agravios
- Así Tenemos A Cargo Del Estado Mexicano Deberes Positivos O En Su Caso Deberes Negativos
- Reformado Primer Párrafo Dof De Junio De
- Reformada Dof De Junio De
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- El Recurso De Revisión En Amparo Directo Procede Cuando
- Página
- Reformado Dof De Junio De
- Xi La Seguridad Social Se Garantizará Conforme A Las Siguientes Bases Mínimas
- Artículo
- Derecho A La Seguridad Social
- Reformado Primer Párrafo Dof De Agosto De
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Derecho A La Salud
- Derecho A La Alimentación
- Artículo O
- Artículo Desarrollo Progresivo
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- El Ministro José Fernando Franco González Salas Se Separó De Criterio