PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO ESTÁNDAR DE PRUEBA. CONDICIONES PARA ESTIMAR QUE EXISTE PRUEBA DE CARGO SUFICIENTE PARA DESVIRTUARLA.
Fecha: 17-Jun-2016
Caso Cantoral Benavides Vs Perú Fondo Sentencia De De Agosto De Serie C No
30. Caso López Mendoza vs. Venezuela. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2011. Serie C. No. 233.
31. Por todos, véanse Ferrajoli, Luigi, Derecho y razón. Teoría del garantismo penal, Madrid, Trotta 1995, pp. 51-54 y 129-155; Taruffo, Michele, La prueba de los hechos, Madrid, Trotta, 2002, pp. 190-240; Gascón Abellán, Marina, Los hechos en el derecho. Las bases argumentales de la prueba, 2a. Ed. Madrid, Marcial Pons, 2004, 101-115; y Ferrer Beltrán, Jordi, La valoración racional de la prueba, Madrid, Marcial Pons, 2007, pp. 91-152.
32. Ferrer Beltrán, Jordi, "Una concepción minimalista y garantista de la presunción de inocencia", en José Juan Moreso y José Luis Martí (Eds.), Contribuciones a la filosofía del derecho. Imperia en Barcelona 2010, Madrid, Marcial Pons, 2012, p.153.
33. Sentencia de 29 de junio de 2011, resuelta por mayoría de cuatro votos de los Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero de García Villegas (ponente), presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, en contra del emitido por el señor Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
34. Sentencia de 9 de noviembre de 2011, resuelta por mayoría de tres votos de los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz y Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), en contra del emitido por la Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente el Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
35. Sentencia de 21 de agosto de 2003, resuelta por mayoría de cuatro votos de los señores Ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (quien se reservó su derecho de formular voto concurrente), Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo (quien también se reservó su derecho de formular voto concurrente), en contra del emitido por el Ministro José Ramón Cossío Díaz (quien se reservó su derecho a formular voto particular).
36. Sentencia de 22 de enero de 2014, resuelta por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y el Ministro presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo, quienes se reservaron el derecho de formular voto concurrente, con excepción del Ministro ponente.
37. En la formulación de este estándar de prueba se han tenido particularmente en cuenta lo expuesto en Ferrer Beltrán, Jordi, "La valoración racional de la prueba", Madrid, Marcial Pons, 2007, p. 147; Ferrer Beltrán, "Una concepción minimalista...", op. cit., pp. 149-153; y Gascón Abellán, Marina, "Sobre la posibilidad de formular estándares de prueba objetivos". Doxa. Cuadernos de filosofía del derecho, núm. 28, 2005.
38. Décima Época Registro digital: 2007733. Instancia: Primera Sala. Tipo de Tesis: Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, publicación del viernes 24 de octubre de 2014 a las 9:35 horas «y Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 11, Tomo I, octubre de 2014, página 611», materias constitucional y penal, Tesis 1a. CCCXLVII/2014 (10a.).
39. Resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte, en sesión de 19 de marzo de 2014 por unanimidad de cinco votos.
40. Sobre el concepto de hipótesis en la teoría de la argumentación en materia de prueba, véase Gascón Abellán, "Los hechos en el Derecho. Bases argumentales de la prueba", 2a. Ed., Madrid, Marcial Pons, 2004, pp. 101-115.
41. Décima Época. Registro digital: 2007734. Instancia: Primera Sala. Tipo de tesis: Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, publicación del viernes 24 de octubre de 2014 a las 9:35 horas «y Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 11, Tomo I, octubre de 2014, página 613», materias constitucional y penal, Tesis 1a. CCCXLVIII/2014 (10a.).
42. Sentencia de 26 de noviembre de 2014, resuelta por mayoría de votos de los Ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, presidente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y con voto en contra del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
43. Aguilera García, Edgar, "Crítica a la 'convicción íntima' como estándar de prueba en materia penal", Reforma judicial. Revista Mexicana de Justicia, Núm. 12, 2008, p. 8.
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