AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 949/2016. 8 DE JUNIO DE 2016. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANC
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 949/2016. 8 DE JUNIO DE 2016. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANC

Fecha: 10-Feb-2017

Quinto Concepto De Violación

- Manifestó que el laudo reclamado era violatorio de las garantías de audiencia, legalidad, seguridad y certeza jurídica contempladas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que la Sala responsable se abstuvo de analizar sobre la justificación de la separación, con lo que lo privó del derecho de reclamar el pago de la indemnización y de las prestaciones contenidas en su escrito inicial de demanda, en perjuicio del contenido del artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Federal.

- Añadió que la autoridad responsable no fundó ni motivó su resolución, toda vez que no existe precepto legal alguno ni razonamiento lógico jurídico para determinar que es innecesario analizar si fue justificada o no la terminación de su nombramiento, aunado a que la Procuraduría General de la República no le notificó cuáles fueron los requisitos que incumplió al momento del cese.