AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3699/2022. 1 DE FEBRERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, Y LA MINISTRA ANA MARGARITA RÍ
Fecha: 21-Abr-2023
V Estudio De Fondo
27. Analizada la procedencia del recurso de revisión, la problemática en el presente asunto será estudiada, por cuestión metodológica, en función de la siguiente pregunta:
¿El delito equiparado a la retención agravado, contemplado en el artículo 379 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, invade la competencia del Congreso de la Unión establecida en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política, al regular la materia de intermediación y servicios financieros?
28. La respuesta a dicha interrogante es en sentido positivo. Por tanto, son fundados los agravios de la recurrente, aunque suplidos en su deficiencia, en términos del artículo 79, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo.
29. Esta Primera Sala considera que la norma es inconstitucional porque el Congreso del Estado de Oaxaca se excedió en sus competencias debido a que la regulación de los servicios financieros corresponde al Congreso de la Unión. Además, resulta evidente que la intención del legislador de Oaxaca, al incluir el tipo penal impugnado, fue la de regular una materia que corresponde exclusivamente a la Federación. Lo anterior, se determina con base en las siguientes consideraciones.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- Iii Legitimación
- Iv Estudio De Procedencia Del Recurso
- T La Perito Lcp Sí Ratificó Su Dictamen
- Código Penal Para El Estado Libre Y Soberano De Oaxaca
- Este Delito Se Perseguirá De Oficio
- V Estudio De Fondo
- A Facultad Del Congreso De La Unión Para Regular Servicios Financieros
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- La Forma En Que Tendrán Que Hacerlo
- B Análisis Del Tipo Penal Impugnado
- Reformado Po De Abril De
- Instituciones De Tecnología Financiera
- Vi Decisión
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- De Conformidad Con El Artículo Del Código De Procedimientos Penales Del Estado
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- En El Amparo Citado Se Indicó Lo Siguiente
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- Quintana Adriano Elvia Arcelia Ob Cit Pp Y
- I Multa De A Días De Salario
- Ii Multa De A Días De Salario
- B Se Deroga