AMPARO DIRECTO 17/2009. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 17/2009. **********.

Fecha: 01-Ene-1917

Esas Instituciones Determinarán Libremente La Periodicidad Con La Que Vayan A Pagar Los Intereses

"El plazo se pactará por días naturales, no debiendo ser menor a 60 días, y será forzoso para ambas partes.

"Tratándose de renovaciones automáticas en depósitos documentados en constancias, la tasa aplicable en cada renovación no deberá ser inferior a la señalada por la institución depositaria, de la manera mencionada en el punto 1.16.1 siguiente, para depósitos con las mismas características, en la apertura de la fecha de renovación.

"...