Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, en los términos precisados en el último considerando de la presente ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, vuelvan los autos al lugar de su origen, y en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto concluido.
Así, lo resolvió el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de diez votos de los señores Ministros: Aguirre Anguiano, Cossío Díaz, Luna Ramos, Franco González Salas con salvedades, Zaldívar Lelo de Larrea, Gudiño Pelayo, Aguilar Morales, Valls Hernández, Silva Meza y presidente Ortiz Mayagoitia. Ausente la señora Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas previo aviso. Encargada del asunto la señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos.
En términos de lo previsto en el artículo 3, fracciones II y III, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en ese supuesto normativo.
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