AMPARO DIRECTO 185/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 185/2010. **********.

Fecha: 23-Mar-1992

Considerando

SÉPTIMO. Los conceptos de violación resultan unos infundados, inoperantes otros y, del resto, uno es fundado, lo que hace innecesario el estudio de los diversos tal y como lo establece la jurisprudencia VI.2o. J/316 que se comparte, sustentada por el Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, localizable en la página 83, del tomo 80, del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, de rubro y texto siguientes: "CONCEPTOS DE VIOLACIÓN. CUANDO SU ESTUDIO ES INNECESARIO. Si el amparo que se concede por uno de los capítulos de queja, trae como consecuencia que se nulifiquen los otros actos que se reclaman, es inútil decidir sobre éstos."