Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 2/2006. BERSAN, S.A. DE C.V.
Fecha: 23-Dic-1999
Vi Derogada Go De Diciembre De
"Anualmente deberá solicitarse a la autoridad fiscal la declaratoria de exención del impuesto predial, y acreditar con documentación actualizada que el inmueble sigue ubicándose en alguno de los supuestos de exención previstos en el presente artículo."
- Considerando
- Tercero La Quejosa En Síntesis Planteó Los Siguientes Conceptos De Violación
- En Primer Término Es Pertinente Precisar Que Las Pretensiones De La Quejosa Son Las Siguientes
- Del Impuesto Predial
- Es Obligación De Los Contribuyentes Calcular El Impuesto Predial A Su Cargo
- La Asamblea Podrá Modificar La Configuración Y Número De Las Colonias Catastrales
- I Se Transcribe
- Iii Derogada Go De Diciembre De
- I Los Del Dominio Público Del Distrito Federal
- Vi Derogada Go De Diciembre De
- De Los Artículos Antes Preinsertos Se Advierten Los Siguientes Elementos Del Impuesto Predial
- Los Estacionamientos Públicos Debidamente Autorizados Y En Operación
- G Forma De Pago Mediante Declaraciones Autorizadas Artículo
- Los De Propiedad Del Distrito Federal
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve