Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 32/2004. INDUSTRIAS POLI-TEX, S.A. DE C.V.
Fecha: 03-Dic-2001
La Segunda Interrogante Que Se Formuló En Los Siguientes Términos
"2. Si la contribuyente en las declaraciones anuales normales, dedujo de base del impuesto al activo, correspondiente a dichos ejercicios las deudas contratadas con empresas pertenecientes al sistema financiero o su intermediación."
- Considerando
- Ii Contra Resoluciones Dictadas En Los Juicios De Amparo O En Ejecución De Las Mismas
- Para Mejor Comprensión Del Presente Estudio Cabe Hacer Mención A Los Siguientes Antecedentes
- I Por Leyes O Actos De La Autoridad Que Violen Las Garantías Individuales
- Octavo Resultan Inoperantes Los Conceptos De Violación Hechos Valer Por La Parte Quejosa
- En Relación Con El Principio De Equidad Tributaria En Esencia Aduce La Quejosa
- Contestó El Perito De La Parte Actora
- La Perito De La Demandada Dijo
- La Segunda Interrogante Que Se Formuló En Los Siguientes Términos
- A La Que El Perito De La Parte Actora Respondió
- Ejercicio
- Situación Que Se Estableció En La Citada Revisión Fiscal En Los Siguientes Términos
- Por Lo Antes Expuesto Y Fundado Se Resuelve