Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 1023/2006. FOSECO, S.A. DE C.V.
Fecha: 13-Mar-2003
C De Ofrecimiento Y Admisión De Pruebas
"La audiencia se iniciará con la comparecencia de las partes que concurran a la misma; las que estén ausentes, podrán intervenir en el momento en que se presenten, siempre y cuando la Junta no haya tomado el acuerdo de las peticiones formuladas en la etapa correspondiente."
- Quinto Resultan Infundados Por Una Parte Y Fundados Por Otra Los Conceptos De Violación
- Como Se Anticipó Deviene Infundado El Expresado Concepto De Violación
- Es Fundado El Expresado Concepto
- Iv El Auto Que Recaiga Al Recibir La Sentencia De Amparo
- Xii En Casos Urgentes O Cuando Concurran Circunstancias Especiales A Juicio De La Junta
- Este Tribunal Colegiado Estima Que La Determinación Adoptada Por La Responsable Es Ilegal
- C De Ofrecimiento Y Admisión De Pruebas
- I Las Partes Comparecerán Personalmente A La Junta Sin Abogados Patronos Asesores O Apoderados
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Materias Laboral
- Segundo Tribunal Colegiado Del Décimo Segundo Circuito
- Materias Común
- A Deje Sin Efecto El Laudo Reclamado