Informe El Cual Deberá Rendir La Empresa Petróleos Mexicanos Acerca De Lo Siguiente
"a) Que informe el salario y demás prestaciones ordinarias y extraordinarias como productividad, ayuda comida, insalubre, tiempo extra, gasolina, gas, canasta básica, fondo de ahorro, aguinaldo, vacaciones, utilidades, etc., que percibe ... como trabajador de esa empresa y con número de ficha ... de la Refinería "Francisco I. Madero".
"b) Que informe las cantidades que catorcenalmente le entregan a la suscrita por concepto de la pensión alimenticia del 40% (cuarenta por ciento) que está a cargo del trabajador.
"c) Que informe las cantidades que catorcenalmente le entregan a la suscrita por concepto de la pensión alimenticia del 10% (diez por ciento) que está a cargo del trabajador ...
"d) Que informe el motivo por el cual le son entregadas a ... cantidades que no equivalen al 40% y 10% del salario y demás prestaciones ordinarias y extraordinarias que percibe el trabajador ...
"e) Se sirva remitir copias de los recibos de pago del salario del trabajador de los últimos dos meses.
"Para lo cual solicito se gire oficio a la empresa Petróleos Mexicanos, para que rinda el informe dentro del término de 3 (tres) días, ya que el juicio sumario es un juicio corto, con el apercibimiento de que en caso de que no rinda el informe dentro del término señalado se hará acreedor a uno de los medios de apremio que establece la ley.
"Este medio de prueba sirve para acreditar la solvencia económica del actor, así como las cantidades que por concepto de pensión alimenticia le son entregadas a la suscrita para satisfacer las necesidades alimenticias de mis tres menores hijas, y para acreditar que las cantidades que me son entregadas por parte de la empresa Petróleos Mexicanos no equivalen al 50% (cincuenta por ciento) del salario y demás prestaciones ordinarias y extraordinarias que percibe el deudor alimentista, así como lo manifestado por la suscrita en los puntos 3, 4 y 7 del capítulo de contestación a los hechos y las excepciones planteadas en el escrito de contestación.
"6. Testimonial: La cual estará a cargo de dos testigos que me comprometo presentar el día y hora que se me señale, quienes declararán con base al interrogatorio que de manera separada me permito acompañar, para lo cual solicito se me señale fecha y hora para el desahogo de esta probanza. Este medio de prueba tiene por objeto acreditar lo manifestado por la suscrita en los puntos 3, 4 y 7 del capítulo de contestación a los hechos, así como las excepciones planteadas en la contestación a la demanda.
"7. Confesional: La cual estará a cargo de ... quien deberá comparecer al desahogo de la misma manera personalísima sin apoderado legal, a fin de que responda con base al pliego de posiciones, que de manera separada y en sobre cerrado me permito acompañar, para lo cual solicito me señale fecha y hora para el desahogo de la misma. Este medio de prueba tiene por objeto acreditar lo manifestado por la suscrita en los puntos 3, 4 y 7 del capítulo de contestación a los hechos, así como las excepciones planteadas en la contestación a la demanda.
"8. Declaración de parte: La cual estará a cargo de ... con base al interrogatorio que se le formulará en el desahogo de dicha prueba, para lo cual solicito se me señale fecha y hora para el desahogo de la misma. Este medio de prueba tiene por objeto acreditar lo manifestado por la suscrita en los puntos 3, 4 y 7 del capítulo de contestación a los hechos, así como las excepciones planteadas en la contestación a la demanda.
"9. Presuncional legal y humana: Que derive de todo lo actuado dentro del presente juicio y en cuanto beneficie a los intereses de la suscrita." (fojas de 1 a 3 del cuaderno de pruebas de la parte demandada).
h) El dieciocho de agosto de dos mil cinco, se tuvo al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito al juzgado de origen, desahogando la vista que se ordenó darle en el proveído de diecinueve de mayo de esa anualidad (foja 343).
i) Una vez agotadas las etapas procesales del juicio natural, rendidas las pruebas que las partes ofrecieron y que el Juez del conocimiento admitió, los autos quedaron en estado de resolución, por lo que el veinticinco de octubre de dos mil cinco, el Juez Quinto de Primera Instancia del Ramo de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Altamira, dictó sentencia, al tenor de los siguientes puntos resolutivos:
"PRIMERO. El presente juicio sumario civil sobre cancelación y reducción de pensión alimenticia incoado por el ... en contra de la ... y de su menor hija ... sí ha procedido, por tanto;
"SEGUNDO. Se cancela la pensión alimenticia que a título personal se irroga la ... y en consecuencia se reduce la misma decretada originalmente a favor suyo y de su menor descendiente ... consistente en el 40% (cuarenta por ciento) del salario y demás prestaciones que percibe el señor ... como trabajador de la empresa Petróleos Mexicanos con número de ficha ... de la Refinería Francisco I. Madero, para subsistir en lo sucesivo por un 20% (veinte por ciento), en provecho únicamente de la menor ... quedando intocada la pensión alimenticia que por el 10% (diez por ciento) de salario y demás prestaciones con cargo al hoy accionante, fuera decretada en el diverso expediente ... y a favor de sus también dos menores hijas ... actuando en su representación la ... al no haber sido materia del debate judicial, atento a las razones y motivos expuestos en el considerando cuarto de este fallo culminatorio.
"TERCERO. Consecuentemente, una vez que esta sentencia cause ejecutoria o pueda ejecutarse por disposición de la ley, gírese el oficio de estilo al representante legal de la citada empresa paraestatal, a fin de hacer de su conocimiento lo aquí sentenciado, y proceda dejar sin efecto los descuentos respectivos en la forma y términos que se han venido puntualizando.
"CUARTO. Asimismo, se absuelve a la parte demandada del pago de los gastos y costas en virtud de no haberse conducido con temeridad ni mala fe, debiendo reportar cada quien las que hubiere erogado.
- Considerando
- G Por Escrito De Cinco De Julio De Dos Mil Cinco Ofreció Las Siguientes Pruebas
- Informe El Cual Deberá Rendir La Empresa Petróleos Mexicanos Acerca De Lo Siguiente
- Quinto Notifíquese Personalmente Foja Y Vuelta
- Por Ende Se Concluyó Que
- Cuarto Notifíquese Personalmente Fojas Y
- N El Seis De Abril De Dos Mil Seis El Juez Natural Dictó El Siguiente Proveído
- En Dicha Resolución El Juez Natural Desestimó La Reconvención Ejercida Por Al Considerar
- Quinto Notifíquese Personalmente Fojas Y Vuelta
- Esta Resolución Constituye El Acto Reclamado En El Presente Juicio De Garantías
- I Diez Días Para Contestar La Demanda
- V Diez Para Dictar Sentencia
- Iv Traer A La Vista Cualesquiera Autos Que Tengan Relación Con El Pleito Si Su Estado Lo Permite
- De Ahí Que En Principio La Violación Referida Puede Analizarse En Este Juicio De Amparo Directo
- Artículo
- En Los Juicios Civiles El Agraviado Se Sujetará A Las Siguientes Reglas
