CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO. LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR SU PLENO AL RESOLVER UN CONFLICTO LABORAL ENTRE EL PODER JUDICIAL DE DICHA ENTIDAD Y SUS SERVIDORES PÚBLICOS, AL NO CONSTITUIR SENTENCIAS DEFINITIVAS DEBEN IMPUGNARSE EN AM
Fecha: 23-Nov-2012
Reformado Do De Agosto De
"a) Contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, respecto de las cuales no proceda ningún recurso ordinario por el que puedan ser modificados o reformados, ya sea que la violación se cometa en ellos o que, cometida durante el procedimiento, afecte a las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo; siempre que en materia civil haya sido impugnada la violación en el curso del procedimiento mediante el recurso ordinario establecido por la ley e invocada como agravio en la segunda instancia, si se cometió en la primera. Estos requisitos no serán exigibles en el amparo contra sentencias dictadas en controversias sobre acciones del estado civil o que afecten al orden y a la estabilidad de la familia;
"...
- Considerando
- En Ese Orden De Ideas La Cuestión Inicial A Señalar Son Los Antecedentes Relevantes Del Caso
- Así Como La Jurisprudencia Número Pj Del Propio Tribunal Pleno Que Establece
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Ley De Amparo
- Ii Contra Actos Que No Provengan De Tribunales Judiciales Administrativos O Del Trabajo
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- Artículo Los Jueces De Distrito En Materia Administrativa Conocerán
- Artículo Los Jueces De Distrito En Materia De Trabajo Conocerán
- Constitución Política Del Estado De Jalisco
- Artículo Al Supremo Tribunal De Justicia Le Corresponden Las Siguientes Atribuciones
- Ley Orgánica Del Poder Judicial Del Estado De Jalisco
- Vii El Jurado Popular
- Serán Comisiones Internas Permanentes Del Supremo Tribunal De Justicia Las Siguientes
- Artículo Son Facultades Del Pleno
- Artículo Son Atribuciones Del Pleno Del Consejo De La Judicatura
- La Exposición De Motivos Que Medió A La Referida Reforma Constitucional Esencialmente Sostuvo
- Apartado B
- Iii La De Adquisiciones
- Artículo Son Atribuciones Del Pleno Del Consejo General Del Poder Judicial
- Por Lo Expuesto Fundado Y Motivado Se Resuelve
- Constitución Federal
- Reformada Do De Octubre De
- Reformado Do De Agosto De
- Reformado Primer Párrafo Do De Agosto De
- El Artículo Transitorio Antes Referido Es Del Tenor Siguiente
- Constitución Del Estado De Jalisco
- Semanario Judicial De La Federación Y Su Gaceta Tomo V Junio De Novena Época Página