AMPARO DIRECTO 1194/2011. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. 9 DE MAYO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GUILLERMO VÁZQUEZ MARTÍNEZ. SECRETARIA: GERTRUDES ALMEIDA COTA.
Fecha: 09-May-2012
No Asiste Razón Al Quejoso
Ello es así, pues contrario a lo que aduce, del laudo reclamado se advierte que la Junta, en cuanto a las prestaciones de mérito, consideró:
"... lo procedente es condenar al demandado Instituto Mexicano del Seguro Social a reconocerle a la actora Rosa María Rangel Segovia, la antigüedad real a partir del día 10 de marzo de 1989 al 31 de octubre de 2008, la de 19 años, 15 quincenas y 5 días prestaciones que reclaman en sus escritos de demanda así como las prestaciones accesorias, mismas que corren con la misma suerte que la acción principal consistente en la inserción correcta de la antigüedad efectiva a los comprobantes de pago; el pago correcto de la Ayuda de renta de casa habitación, cláusula 63 bis, inciso c), del contrato colectivo de trabajo; vacaciones y prima vacacional, cláusula 47, aguinaldo, cláusula 107 CCT y fondo de ahorro, cláusula 144 CCT" (foja 71 frente).
De ahí que, si la Junta responsable en los considerandos del laudo se ocupó de analizar el reclamo relativo al aguinaldo y fondo de ahorro, deviene infundado el concepto de violación de mérito en la parte que se analiza.
No pasa inadvertido que el instituto quejoso, solicita se aplique la suplencia de la queja deficiente en su favor, lo que resulta infundado, ya que atento a lo que dispone el artículo 76 Bis, fracción IV, de la Ley de Amparo, la suplencia sólo se aplicará a favor del trabajador, y si en el evento que nos ocupa el aquí quejoso fue demandado como patrón, es incuestionable que la citada suplencia no opera en su beneficio.
Al respecto, resulta aplicable el criterio que sustenta la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia cuyos datos son los siguientes:
- Sexto Son Inoperantes E Infundados Los Conceptos De Violación Que En Este Apartado Se Analizan
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Genealogía Informe Segunda Parte Cuarta Sala Tesis Página
- Página
- Primer Tribunal Colegiado En Materias Civil Y De Trabajo Del Décimo Séptimo Circuito
- Apéndice Tomo V Primera Parte Tesis Página
- Séptima Época Quinta Parte
- Ii Antigedad Del Trabajador
- No Asiste Razón Al Quejoso
- Materias Laboral
- Séptimo En Cambio Es Fundado El Concepto De Violación Que En Este Apartado Se Examina
- Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
- Cláusula Aguinaldo
- El Aguinaldo Se Pagará Libre De Impuestos Absorbiéndolos El Instituto
- Cláusula Fondo De Ahorro
- En Su Lugar Dicte Uno Nuevo En El Que