AMPARO DIRECTO 1194/2011. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. 9 DE MAYO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GUILLERMO VÁZQUEZ MARTÍNEZ. SECRETARIA: GERTRUDES ALMEIDA COTA.
Fecha: 09-May-2012
Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
"Amparo en revisión (improcedencia) 24/2000. Raúl Delgado Ortiz y otro. 2 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretaria: Luz Irene Rodríguez Torres.
"Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, enero de 1996, página 124, tesis I.4o.C. J/5, de rubro: ‘COPIAS FOTOSTÁTICAS. HACEN PRUEBA PLENA CONTRA SU OFERENTE.’"
Ahora bien, asiste la razón al peticionario de amparo, ya que el aguinaldo y fondo de ahorro no son otorgados a los trabajadores del Seguro Social con base en su antigüedad, pues no deben pagarse en proporción a la misma, toda vez que del contenido de las cláusulas 107 y 144 del contrato colectivo de trabajo, que obran agregadas a fojas cuarenta y nueve y cincuenta de los autos del juicio laboral, se desprende lo siguiente:
- Sexto Son Inoperantes E Infundados Los Conceptos De Violación Que En Este Apartado Se Analizan
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Genealogía Informe Segunda Parte Cuarta Sala Tesis Página
- Página
- Primer Tribunal Colegiado En Materias Civil Y De Trabajo Del Décimo Séptimo Circuito
- Apéndice Tomo V Primera Parte Tesis Página
- Séptima Época Quinta Parte
- Ii Antigedad Del Trabajador
- No Asiste Razón Al Quejoso
- Materias Laboral
- Séptimo En Cambio Es Fundado El Concepto De Violación Que En Este Apartado Se Examina
- Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
- Cláusula Aguinaldo
- El Aguinaldo Se Pagará Libre De Impuestos Absorbiéndolos El Instituto
- Cláusula Fondo De Ahorro
- En Su Lugar Dicte Uno Nuevo En El Que