AMPARO DIRECTO 264/2012. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: VÍCTOR HUGO MILLÁN ESCALERA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 264/2012. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: VÍCTOR HUGO MILLÁN ESCALERA.

Fecha: 20-Sep-2012

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara, ni protege a **********, en contra de los actos y por las autoridades señaladas en el resultando primero, por los motivos apuntados en la parte final del último considerando de esta ejecutoria.

Engrósese la presente resolución a los autos y a fin de que el órgano jurisdiccional de origen (Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito, con sede en Xalapa, Veracruz), proceda a la notificación correspondiente de la sentencia, remítasele en versión pública a través de cualquier medio de almacenamiento electrónico; háganse las anotaciones pertinentes en el libro electrónico de registro; en su oportunidad, agréguense al cuaderno de antecedentes testimonio de esta resolución, copia certificada del acto reclamado, de la demanda de amparo y del acuse de recibo de las constancias de captura de sentencia definitiva en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados, presidente Antonio Soto Martínez, ponente Jorge Toss Capistrán y Sofía Virgen Avendaño, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región.

En términos de lo previsto en los artículos 8, 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.