AMPARO DIRECTO 1345/2012. 31 DE ENERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. PONENTE: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ SALDAÑA. SECRETARIO: OMAR DAVID UREÑA CALIXTO.
Fecha: 31-Ene-2013
El Motivo De Disenso Es Fundado La Actora Reclamó
"III) Pago salarial del 6o. y 7o. día. Esta prestación devengada de manera semanal por la actora asciende a ********** semanas (********** por día), y se cuantifica a razón de 52.14 semanas que tiene el año; por lo que tomando en cuenta la fecha de ingreso de la actora al servicio de la institución demandada (septiembre de 1994) y la fecha del despido del mismo (19 de agosto del año 2002), transcurrieron 8 años, esto es 417.12 semanas que para fines prácticos se redondean en 417 semanas que multiplicadas por el salario del 6o. y 7o. día ********** dan como resultado la cantidad de **********, cantidad que mediante esta vía se reclama ya que la institución demandada se abstuvo de cubrir a la actora el pago respectivo durante todo el tiempo que la actora estuvo laborando a su servicio hasta antes de su injustificado despido."
El ********** (**********), manifestó que existió una relación jurídica de prestación de servicios profesionales, sujeta al pago de honorarios, dado que la demandante había firmado diversos pactos de naturaleza civil y por tiempo determinado, por lo que "en razón de su autonomía de contratación se sujetó al tiempo propio disponible y a las propias necesidades profesionales de la hoy actora", cuyos honorarios semestrales ascendían a ********** prorrateados en seis exhibiciones.
- Considerando
- En Los Hechos Manifestó
- La Institución Demandada Negó Derecho A La Accionante Y La Junta Resolvió
- El Motivo De Disenso Sintetizado Es Infundado Demandó Del
- En Los Hechos Precisó
- La Junta Determinó
- Los Motivos De Disenso Sintetizados Son Fundados Demandó Lo Siguiente
- El Motivo De Disenso Es Fundado La Actora Reclamó
- En Cuanto A La Litis Generada La Junta Determinó
- La Junta Consideró En El Laudo
- Los Artículos O Y De La Ley Federal Del Trabajo Disponen
- V Un Salario Inferior Al Mínimo
- I La Junta Responsable Deje Insubsistente El Laudo Impugnado
- V Hecho Lo Anterior Determine Lo Que Proceda