AMPARO DIRECTO 366/2013 (CUADERNO AUXILIAR 208/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO, CON APOYO DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN CON R
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 366/2013 (CUADERNO AUXILIAR 208/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO, CON APOYO DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN CON R

Fecha: 04-Jul-2014

Vi Resolver Lo Siguiente

"a) La modificación o terminación anticipada de las penas o medidas de seguridad impuestas en sentencia firme, o el otorgamiento de cualquier beneficio de libertad anticipada, libertad preparatoria, remisión parcial de la pena, libertad definitiva o alguna otra pena en externamiento; y

"b) La revocación de cualquier beneficio concedido a los sentenciados por cualquier autoridad jurisdiccional, cuando proceda conforme a la ley;

"VII. Hacer comparecer ante su presencia a los sentenciados y las autoridades de ejecución para cumplir con sus funciones;

"VIII. Librar las órdenes de detención que procedan en ejecución de la sentencia, cuando le haya sido revocado algún beneficio; y,