OFRECIMIENTO DE TRABAJO. LA EXISTENCIA DE DATOS QUE INDIQUEN EL DESPIDO, LO HACEN INOPERANTE PARA REVERTIR LA CARGA PROBATORIA AL TRABAJADOR.
Fecha: 02-Oct-2015
Y Ofreció El Trabajo En Los Siguientes Términos
"...a) Es improcedente el reclamo que hace el actor del pago de la indemnización constitucional, de la prima de antigüedad, de los veinte días por año y de los salarios vencidos, en virtud de que al actor jamás se le ha despedido de su trabajo, ni justificada ni injustificadamente en ningún tiempo o lugar, razón por la cual se le ofrece el trabajo en los mismos términos y condiciones en que lo venía desempeñando, es decir con mi horario de labores sin exceder de las 48 horas a la semana como marca la ley, reconociéndole su antigüedad y categoría pero con un salario de $ ********** semanales, mi representado está dispuesto a reacomodarlo en otro empleo compatible con sus aptitudes si es que su incapacidad haga imposible la prestación de trabajo, razón por la cual se le ofrece el trabajo..." (lo subrayado es propio)
c) La responsable mediante proveído de dieciséis de julio de dos mil diez, tuvo al actor por tácitamente no aceptado el trabajo, porque no hizo manifestación alguna respecto de la oferta laboral que se le hizo.
d) En audiencia de demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas de veintidós de junio de dos mil diez, la parte demandada ofreció, entre otras pruebas, la siguiente:
"...4. Se ofrece el informe que a bien tenga rendir el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante oficio dirigido al mismo con **********, relacionado al registro patronal no. **********, e informe ante esta autoridad el estatus del actor **********, es decir, si en la actualidad se encuentra incapacitado o si se encuentra pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, y así mismo si goza actualmente del régimen de seguridad social para los efectos legales a que haya lugar, se anexa en este acto copia simple de la alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social de parte del actor con el fin de acreditar su número de seguridad social y estar con los elementos necesarios para el informe solicitado, documento que se exhibe en una foja útil, suscrita por una sola de sus caras, solicitando se agregue a los autos..."
En la propia audiencia, la responsable admitió dicha prueba y ordenó se girara el oficio correspondiente en los siguientes términos:
"...Gírese atento oficio al Instituto Mexicano del Seguro Social con domicilio ubicado en **********, relacionado al registro patronal número no (sic) **********, para que en auxilio de la parte demandada en los siguientes términos: el estatus del actor **********, es decir 1. Si en la actualidad se encuentra incapacitado o si se encuentra pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social; 2. Si goza actualmente del régimen de seguridad social para los efectos legales a que haya lugar, se anexa en este acto copia simple de la alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social de parte del actor con el fin de acreditar su número de seguridad social y estar con los elementos necesarios para el informe solicitado y hecho que sea se sirva remitir a esta actuante dicho informe para que surta sus efectos legales correspondientes, todo lo anterior de conformidad en lo dispuesto por los artículos 17, 688, 777 al 780, 786 al 790, 815, 827 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo..."
Asimismo, mediante auto de diecinueve de septiembre de dos mil once, la responsable ordenó se girara oficio recordatorio al citado instituto.
- Considerando
- Ahora Bien La Parte Quejosa Expone Esencialmente En Vía De Conceptos De Violación Lo Siguiente
- Los Presupuestos De La Reversión De La Carga Probatoria Del Despido Son
- A Que El Patrón Ofrezca El Trabajo En La Etapa De Demanda Y Excepciones
- B Al Respecto La Parte Demandada Hoy Quejosa Expuso Lo Siguiente
- Respecto De La Citada Prevención Realizada Al Actor La Parte Demandada Sostuvo Lo Siguiente
- Y Ofreció El Trabajo En Los Siguientes Términos
- Los Oficios De Referencia Se Digitalizan Para Mejor Comprensión De Lo Que Aquí Se Resuelve
- D La Responsable En El Laudo Reclamado Valoró La Citada Prueba De La Siguiente Forma
- A Mayor Abundamiento Se Le Dice A La Parte Quejosa Que La Citada Posición Es Insidiosa
- Iv En Materia Laboral La Suplencia Sólo Se Aplicará En Favor Del Trabajador