AMPARO DIRECTO 48/2015. 28 DE MAYO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR LARA GONZÁLEZ. SECRETARIA: MARTHA GARCÍA GUTIÉRREZ.
Fecha: 25-Sep-2015
Iii Delito Y Responsabilidad Penal
Este Tribunal Colegiado llega a la convicción de que la Sala responsable conculcó los derechos fundamentales del aquí quejoso, al tener por demostrada la calificativa de pandilla, por lo que habrá de concederse la protección constitucional por los tópicos (sic) y, por ende, en el estudio del resto de la sentencia reclamada no se aludirá a tal calificativa.
En efecto, los hechos que nos ocupan son constitutivos del delito de robo, pues el sentenciado **********, junto con otras tres personas actualmente prófugas, ejecutaron la conducta típica de apoderarse, en el caso de diversa mercancía, que constituyen cosas por ser tangibles y, por ende, con calidad de objetos materiales de dicho ilícito; además, son muebles, ya que por su naturaleza pueden ser desplazados de un lugar a otro y eran ajenos al sujeto activo, ya que no eran de su propiedad; lo que el quejoso llevó a cabo junto con otras personas sin el consentimiento de la pasivo **********, quien a través de su apoderado legal podía otorgarlo, por ser propietaria y se hizo junto con otros de los referidos objetos para apropiárselos, por lo que actuó con ánimo de dominio y, por ello, afectó el patrimonio de la denunciante que constituye el bien jurídico tutelado.
- Cuartodeterminación De Este Tribunal
- I Análisis De Las Formalidades Esenciales Del Procedimiento
- En Ejercicio Del Derecho De Defensa Del Procesado Se Ofrecieron Como Pruebas
- Probanzas Que Se Admitieron Y Se Desahogaron
- Después Se Declaró Cerrada La Instrucción
- Ii Exclusión De Pruebas
- Iii Delito Y Responsabilidad Penal
- Lo Anterior Es Así Pues La Autoridad Responsable Ponderó
- El Peritaje En Materia De Criminalística De Campo En El Que El Técnico Oficial Concluyó
- La Experticial En Materia De Balística En La Que El Perito Oficial Opinó
- Iv Individualización De Sanciones
- V Punto De Concesión
- El Texto De Las Calificativas En Conflicto Es El Siguiente
- Ii Por Una O Más Personas Armadas O Portando Instrumentos Peligrosos
- Deje Insubsistente La Resolución Reclamada