AMPARO DIRECTO 477/2016. 16 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS, CON VOTO ACLARATORIO DE LA MAGISTRADA MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ M
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 477/2016. 16 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS, CON VOTO ACLARATORIO DE LA MAGISTRADA MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ M

Fecha: 21-Oct-2016

En Acta De Cinco De Agosto De Dos Mil Trece Se Proveyó

"Confesional a cargo de la (sic) **********. No Comparece... -El C. Secretario de Acuerdos que actúa certifica y da fe: Que nuevamente es llamado en voz alta por tres veces consecutivas a esta Sala de audiencias la confesante ********** y no comparece personalmente ni por conducto de persona alguna que legalmente le represente... -En uso de la palabra la parte actora dijo: Que en este acto formula posiciones de la siguiente manera: 1P. Que la absolvente se ostente (sic) con el carácter de vocal de comité de vigilancia del condominio denominado **********. 2P. Que el absolvente con fecha seis de febrero del año dos mil trece, aproximadamente a las siete horas con cincuenta y nueve minutos, despidió al hoy actor de su empleo. 3P. Que la absolvente despidió al hoy actor con fecha seis de febrero del año en curso. 4P. Que el absolvente le manifestó al actor que a partir de ese momento quedaba despedido de su empleo del día seis de febrero del año dos mil trece. La Junta acuerda. Se tiene a la parte actora formulando 4 posiciones en la presente acta, las cuales se califican de legales, con fundamento en el artículo 790, fracción II, de la ley laboral, y toda vez que no comparece la confesante ********** a pesar de estar debidamente notificada y llamada que fue en voz alta por tres veces consecutivas a esta Sala de audiencias por la auxiliar y el C. Secretario de Acuerdos que da fe y no estando presente se le hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de veinticuatro de junio de este año, por lo que se le tiene por fíctamente confesa de las posiciones que han sido formuladas y previamente calificadas de legales por esta Junta..." (foja 108 reverso)