Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 477/2016. 16 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS, CON VOTO ACLARATORIO DE LA MAGISTRADA MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ M
Fecha: 21-Oct-2016
En El Laudo Se Determinó
"El actor ofreció como pruebas contenidas en el escrito de fecha veintiuno de abril de dos mil trece, fojas 52 a 54, que se analizan en los siguientes términos: ...la confesional para hechos propios a cargo de **********. Le favorece, en virtud de que en audiencia de fecha cinco de agosto de dos mil trece, fojas 108 y 109, fue declarada fíctamente confesa de las posiciones que previa su calificación de legales le fueron formuladas, reconociendo esencialmente que en fecha seis de febrero de dos mil trece despidió al actor; presunciones que al no desvirtuarse con alguna otra prueba en contrario, es dable otorgarles pleno valor probatorio..." (foja 134 vuelta)
- Considerando
- Los Motivos De Inconformidad Sintetizados Son Inoperantes
- Lo Anterior Se Estima Infundado
- En El Escrito De Pruebas Del Actor Se Precisó Lo Siguiente
- En Acta De Cinco De Agosto De Dos Mil Trece Se Proveyó
- En El Laudo Se Determinó
- Sentado Lo Anterior Los Artículos Y De La Ley Federal Del Trabajo Disponen Lo Siguiente
- La Demandada Ofreció Como Pruebas Las Siguientes
- Mediante Acuerdo De Seis De Mayo De Dos Mil Trece La Junta Se Pronunció
- Lo Anterior Se Estima Fundado
- En La Contestación Se Precisó
- En El Escrito De Pruebas De La Demandada Se Ofreció Lo Siguiente
- En Acuerdo De Seis De Mayo De Dos Mil Trece Se Proveyó
- La Ciudad De México
- Atentamente Pido Se Sirva
- En Acta De Cinco De Agosto De Dos Mil Trece La Junta Determinó
- Los Artículos Y De La Ley Federal Del Trabajo Establecen
- Deje Insubsistente El Laudo